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 GESTIÓN DE MONTES

Los supuestos en los que se debe realizar el estudio de seguridad y salud vienen

recogidos en el Artículo 4 del Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el

que se establecen las Disposiciones Mínimas de Seguridad y Salud en obras de

construcción. En el Artículo 5 se detalla la estructura que deberá tener el estudio.

En los proyectos de obras no incluidos en ninguno de los casos anteriores es

obligatoria la elaboración de un estudio básico de seguridad y salud. En el Artículo

6 del Real Decreto 1627/1997 se determina el contenido del Estudio Básico de

Seguridad y Salud.

5.2.

 Documentación ambiental

La necesidad de someter o no a un plan, un programa o un proyecto al trámite

ambiental correspondiente viene determinada por la

Ley 21/2013, de 9 de di-

ciembre, de Evaluación Ambiental

.

Esta ley surge con una historia de 25 años de aplicación, en España, de la evalua-

ción ambiental. En este periodo, la consideración de los

impactos ambientales

de proyectos, planes y programas ha demostrado ser una herramienta útil que ga-

rantice la sostenibilidad. Aún así aparecen de manifiesto disfunciones y carencias

técnicas que se deben corregir cuanto antes. Algunas de estas deficiencias son el

largo periodo que transcurre para la emisión de algunas declaraciones de impacto

ambiental, o la gran cantidad de normativa existente, que pueden llegar a desvir-

tuar el procedimiento de evaluación ambiental (Tabla 6).

En el caso de los

proyectos

, cuando sea necesario porque así lo exija la men-

cionada legislación, el estudio de impacto ambiental deberá incluir al menos, los

siguientes

apartados

:

 Objeto y descripción del proyecto y sus acciones, en las fases de ejecución,

explotación y desmantelamiento.

 Examen de alternativas del proyecto que resulten ambientalmente más adecua-

das, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1, que sean técnicamente

viables y justificación de la solución adoptada.

https://www.boe.es/buscar/doc.

php?id=BOE-A-2011-17887

https://www.boe.es/buscar/doc.

php?id=BOE-A-2013-12913

Procedimiento

Documento elaborado

por el promotor

Trámite administrativo

Evaluación ambiental estratégica

ordinaria

Estudio ambiental estratégico

Declaración ambiental

estratégica

Evaluación ambiental estratégica

simplificada

Estudio ambiental estratégico

Informe ambiental estratégico

Evaluación de impacto ambiental

ordinaria

Estudio de impacto ambiental

Declaración de impacto

ambiental

Evaluación de impacto ambiental

simplificada

Documento ambiental

Informe de impacto ambiental

Terminología de los diferentes procedimientos,

documentos y trámites contemplados en la Ley 21/2013,

en función del documento objeto de trámite:

plan o programa y proyecto

TABLA 6