

Cuidados
post-mortem
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Consejería de Sanidad. En ocasiones, los centros sanitarios cuentan
con personal administrativo encargado de solicitar dicha autorización
por vía telemática, pero también puede solicitarla la empresa funeraria
encargada del sepelio, previa autorización siempre de sus familiares.
La normativa al respecto puede variar según cada una de las comuni-
dades autónomas.
La inscripción del fallecimiento de la persona en el Registro Civil tam-
bién es una gestión de la que se suelen ocupar las empresas funerarias.
Cada comunidad autónoma dispone de un reglamento propio que es-
tablece, entre otras, las condiciones técnico-sanitarias de las empre-
sas y servicios funerarios. El organismo que se encarga de velar por
que se cumplan estas normativas es la
Policía Sanitaria Mortuoria.
6.
MEDIDAS HIGIÉNICAS
Tras realizar el amortajamiento del fallecido, se procederá a
limpiar y
ordenar la habitación donde se haya realizado.
Se actuará siguien-
do el protocolo del que disponga cada centro sanitario u hospital, pero
básicamente se seguirá este orden:
❱
Retiraremos toda la ropa de la unidad del paciente, tanto lencería de
la cama, como camisón, toallas, etc., para enviarla a la lavandería. La
meteremos toda en una bolsa cerrada.
❱
Tiraremos los productos de un solo uso que se encuentren en la
habitación.
❱
Retiraremos el aspirador de secreciones y los demás accesorios que
hubiera en la habitación del fallecido: respirador, monitor, pie de sue-
ro, bomba de perfusión, etc. Se limpiará y se desinfectará todo antes
de sacarlo de la habitación.
❱
Se utilizará un sistema de desinfección para la habitación acorde
con las enfermedades que pudiera tener el fallecido. Se seguirán los
protocolos establecidos por el hospital o centro sanitario para cada
caso.
❱
Por último, se llevará la historia clínica al archivo.
Cada comunidad autónoma establece una clasificación de los cadáve-
res en función de las causas del fallecimiento de la persona. Esta cla-
sificación se realiza para dar un tratamiento especial a aquellos cadá-
veres que puedan transmitir enfermedades infecto-contagiosas. Los
cadáveres se pueden clasificar en dos grupos según las
causas de su
defunción:
RECUERDA QUE
Las EDO son
enfermedades
de declaración
obligatoria. Cada
vez que tengamos
constancia de que
existe en nuestro
centro sanitario un
paciente afectado
por una enfermedad
poco común, se
deberá comunicar
a las autoridades
sanitarias siguiendo un
protocolo específico.